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Desde hace unos días la SUNAFIL ha estado enviando a los empleadores una carta inductiva informando sobre la falta del registro del Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo, es por este motivo que en esta publicación te informamos más sobre este tema, y qué es una carta inductiva de la SUNAFIL.

👉¿Qué es una carta inductiva de la SUNAFIL?

Las cartas inductivas son un medio de comunicación utilizado por la SUNAFIL para informar a los empleadores sobre temas relacionados a la seguridad y salud en el trabajo en el Perú.

Estas cartas son enviadas a la casilla electrónica de cada empleador, la cuál debe ser revisada con frecuencia ante la posibilidad de recibir nuevas cartas inductivas por la SUNAFIL.

Carta inductiva
Carta inductiva.

👉¿Por qué recibí una carta inductiva de registro de comité o supervisor de SST?

El principal motivo es que en la planilla electrónica no figura o no está registrado el comité o supervisor de seguridad y salud en el trabajo.
De acuerdo al artículo 3 de la RM 260-2016-TR, los empleadores deben declarar la existencia de un Comité o Supervisor, conforme a la Ley.

👉¿Qué es un Comité o Supervisor de SST?

Un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo es un grupo de personas elegidas por los trabajadores y por el empleador para efectuar funciones relacionadas a la seguridad y salud en el trabajo. Su conformación es obligatoria para aquellas empresas que tienen 20 o más trabajadores registrados en planilla.

Un Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo es aquella persona elegida mediante votación entre los trabajadores para realizar funciones asociadas a la seguridad y salud en el trabajo. Su elección es obligatoria para aquellas empresas que tienen menos de 20 trabajadores registrados en planilla.

👉¿Cómo responder la carta inductiva de la SUNAFIL?

La carta inductiva enviada por la SUNAFIL es resuelta solucionando las observaciones registradas. En esta ocasión la SUNAFIL solicita:

  • Registrar en la planilla electrónica al Comité o Supervisor de SST.
  • Enviar el acta de instalación del Comité o Supervisor de SST.

👉¿Qué pasa si solo hay 1 (un) trabajador en planilla?

En este caso, de acuerdo a la SUNAFIL, si una empresa solo tiene 1 (un) trabajador registrado en planilla, esa persona debe ser el supervisor de seguridad y salud en el trabajo hasta que se cuente con más trabajadores para realizar unas elecciones acordes a la normativa.

👉¿Hasta cuándo se puede responder la carta inductiva de la SUNAFIL?

El plazo puede variar, pero la SUNAFIL para este asunto del registro del Comité o Supervisor de SST ha establecido un plazo de 25 días hábiles desde la recepción de la carta inductiva.

👉¿Qué pasa si no respondo la carta inductiva de la SUNAFIL?

Si no se responde la carta inductiva no se habrá registrado como subsanado las observaciones detectadas, y cuando se realicen las acciones de fiscalización puede haber sanciones.

📣Conclusiones finales

La carta inductiva de la SUNAFIL, sobre el registro del Comité o Supervisor de SST, es una exigencia que debe ser resuelta por el empleador para evitar posteriores sanciones por su incumplimiento.

Sí deseas mayor información o ayuda para la conformación o registro del Comité o Supervisor de SST puedes contactar con nosotros.

Enlaces de referencia

Cartas inductivas de la SUNAFIL: www.gob.pe/sunafil/carta-inductiva

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Comentarios (2)

Buenos días, muy importante su comentario, agradezco por su orientación es muy valiosos. En estos momentos de que Sunafil empiece con sus notificaciones.

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