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El día 3 de noviembre del 2021 se publicó la RM. 1218-2021-MINSA en la que se aprueba la Norma Técnica de Salud para la Prevención y Control de la COVID-19 en el Perú (NTS Nº 178-MINSA/DGIESP-2021).

El objetivo de la nueva norma

El objetivo de esta nueva norma es establecer los criterios y los procedimientos para prevenir la Covid-19, así como establecer diversas medidas para su prevención en la comunidad y los centros de salud.

El ámbito de aplicación

La presenta norma es de cumplimiento obligatorio para:

  • Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) públicas del Ministerio de Salud.
  • Las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS) privadas.

Las nuevas modificaciones para las instituciones del sector privado y público

De la nueva norma se puede extraer lo siguiente que abarca a las instituciones públicas y privadas.

Medidas establecidas

Entre las medidas establecidas para la prevención de la Covid-19 se establecen los siguientes controles:

  • Se debe contar con la vacunación completa para la Covid-19, siendo la medida más efectiva.
  • Se debe continuar con el uso de la mascarilla en espacios abiertos y cerrados o en aquellos lugares donde no se pueda mantener el distanciamiento mínimo de 1.5 metros.
  • Se debe usar doble mascarilla (una mascarilla quirúrgica de tres pliegues debajo de una mascarilla comunitaria) o una mascarilla KN95.
  • Se debe continuar con la ventilación natural de los ambientes (comedores, oficinas, buses de transporte, etc.)
  • Mantener un distanciamiento mínimo de 1.5 metros entre persona y persona.
La vacunación ante la propagación de la COVID-19.

Medidas sugeridas

Entre las medidas sugeridas por la nueva normativa se tienen las siguientes recomendaciones:

  • Mantener la burbuja social, es decir, mantener el contacto social solo con nuestro circulo más intimo, y en caso se requiera el contacto con otras personas se deben cumplir con las normas previamente establecidas de prevención de la Covid-19.
  • En los ambientes de trabajo en donde exista un riesgo de aglomeración y espacios cerrados se sugiere realizar una medición del CO2 con el propósito de verificar la eficacia de las medidas establecidas para el recambio o circulación del aire.
  • Realizar con frecuencia el lavado de manos con agua y jabón, o usar alcohol gel al 70° como medio desinfectante.
  • Usar protección ocular como gafas, lentes o caretas en espacios donde no se puede mantener el distanciamiento social de 1.5 metros. Asimismo, el uso de la careta facial no puede reemplazar el uso de la mascarilla.
Uso de la careta facial en el transporte público.

Medidas no recomendadas

Entre las medidas no recomendadas ya sea por su poca eficacia o porque no son costo-efectivas se encuentran las siguientes:

  • Desinfectar las calles o plazas
  • Desinfectar los espacios o superficies comunitarias
  • Usar pediluvios
  • Usar medios de toma de temperatura
  • Usar medios de saturación de oxigeno
La medición de la temperatura.

Conclusiones finales

Las nuevas medidas de prevención de la Covid-19 establecen que las organizaciones direccionen sus controles de la manera más eficiente para evitar los casos positivos de Covid-19. Nuestro deber como participes del área de seguridad industrial es informar de estas medidas para su cumplimiento. Se espera formalmente que estas medidas sean establecidas para las empresas.

Enlaces de referencia:

  • Norma Técnica de Salud para Prevenir la Covid-19 en el Perú. Revisar el ítem 6.1.1. Medidas de prevención en la comunidad.

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Comentarios (2)

Ojo, leer el ambito de aplicación: INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD (IPRESS) , públicas y del MINSA

La base legal no esta refiriendo la Ley 29783, su reglamento y modificatorias asi como la R.M. 972-MINSA.

No veo mucha contribución de esta NTS.

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